Ulises Fonseca
Foto de
Camila
Quintero Franco en Unsplash
Morelia, Michoacán, a 8 de marzo de
2021.- Acoso laboral, violencia económica y emocional, chantaje psicológico,
entre otras agresiones, son algunas de las acusaciones de mujeres del gremio
teatral de Morelia en contra del director y actor Alan D., en la página de
Facebook Unión de Mujeres Artistas (UMA).
Dicha página presenta diferentes
testimonios, la mayoría anónimos, de actrices que han trabajado con él en
diferentes proyectos de la compañía escénica que fundó y dirige.
La iniciativa de denuncia fue lanzada
el 23 de febrero con un texto en el que enumeran diversos hechos: "Las
mujeres artistas decimos BASTA al silencio que durante décadas se ha permitido
por parte de Alan D.”, además de que se invita a otras afectadas a compartir
sus testimonios.
Aunado a lo anterior, trascendió que
fueron realizadas diversas denuncias ante las instancias de procuración de
justicia y se prevé que en las próximas semanas se sumen nuevas acusaciones.
La página ha publicado testimonios, la
mayor parte anónimos, en los que se relatan diversos episodios, los cuales se
reproducen parcialmente a continuación: "Empecé a trabajar con él para la
producción de Frankenstein, supliendo a otra actriz, antes de incorporarme me
hicieron el comentario que podría hacerme insinuaciones sexuales pero que por
mi edad (36 años) probablemente eso no pasaría, pues es sabido que tiene un
notable gusto por chavas menores que yo. Fui bien recibida por él y su equipo,
todo iba bien hasta que llegó la producción de Drácula, ahí fue cuando todo se
destapó. Inició con un beso demasiado cerca de la boca, contacto físico
innecesario como abrazarnos muy incómodos, posteriormente empezó a mandarme
mensajes por Facebook de tipo sexual, pedirme fotografías desnuda, preguntar si
estaba satisfecha o cuál era mi posición favorita, yo trataba de darle largas,
ignorarlo o simplemente evadir cambiando el tema... otra cosa que recuerdo
durante las presentaciones de Drácula, es que siempre antes de la tercera
llamada, tenía la costumbre, como si fuera un ritual, de besar en la boca a
todas las integrantes mujeres, especialmente las más jóvenes, pues según él
sería de buena suerte para la función".
Otro de los testimonios, emitido por
Susie Q, refiere lo siguiente: "Estuve en talleres de teatro por primera
vez cuando tenía 18 años de edad (hace 25 años). Desde el primer día me acosó,
en aquel entonces estaba normalizado. No dejé de asistir, me decía que tenía
mucho talento y potencial como actriz, eso me gustaba; (luego) me hizo
insinuaciones sexuales y le dije que no, así que me dejó sin papel en la
puesta, me deprimí y me salí del grupo. Muchos años después yo quería regresar
a hacer teatro. Busqué opciones, pero no fui bien recibida en otros grupos así
que regresé a lo que ya conocía. “Trabajé de nuevo en El fantasma de las
navidades, Lobo afílate las uñas, Mujeres al vapor (muestra estatal 2015),
Frankenstein, pastorelas y otros proyectos que llevábamos a comunidades; en
ninguna me pagó un peso, pero pretendía cobrarme el vestuario del papel de
cerdito que hacía en Lobo afílate las uñas.
“Toda esta etapa -continúa el
testimonio de la actriz-, estuvo cargada de maltrato psicológico disfrazado de
apoyo, hasta que me corrió de Frankenstein sin aviso previo, al llegar al
ensayo ya estaba otra actriz, me dolió claro, cuando le pregunté por qué, me
dijo que porque yo estaba trabajando con el director Lorenzo Rosales en la obra
Monólogos de la vagina y que sus actores no podían estar trabajando en otro
lugar".
La Secum reconoce su trayectoria
Paradójicamente, la Secretaría de
Cultura de Michoacán (Secum) emitió un reconocimiento “Por sus 30 años de
trayectoria como director y fundador del grupo UNO MÁS OTROS TEATRO. Así como
por ser un fuerte pilar en la cultura del estado”. Y rubrica el titular de la
dependencia Claudio Méndez Fernández. Esta situación, refieren algunas fuentes
consultadas, podría ser utilizada por el propio Alan D.,para tratar de limpiar
su reputación y posicionarse como una persona que cuenta con el respaldo de las
instituciones culturales de Michoacán y de sus representantes, por lo que no
ven adecuado que se reconozca una trayectoria fincada en el maltrato y el abuso
hacia las mujeres.
En tanto, aunque se buscó la versión
del director señalado en la página de UMA, no hubo éxito en obtener un
posicionamiento al respecto.
Asimismo, este medio consultó a una
abogada, acompañante del movimiento feminista en Michoacán cuya identidad se
mantiene en anonimato, para conocer el alcance de las denuncias, así como la
prescripción de los hechos que se mencionan en la página de UMA.
Señaló que la prescripción o no del
delito debe tener como referencia los artículos 104 y 105 del Código Penal del
Estado de Michoacán, por lo que en caso de que alguno de los hechos que se
denuncian hayan ocurrido hace uno o tres años, según sea la característica de
la querella, podría proceder sin problema de acuerdo con la legislación vigente
en Michoacán.
El Artículo 104 señala lo siguiente:
“Prescripción en la querella Cuando la ley no prevenga otra cosa, la acción
penal que nazca de un delito que sólo puede perseguirse por querella del
ofendido o algún otro acto equivalente, prescribirá en un año, contado desde el
día en que quienes puedan formular la querella o el acto equivalente, tengan
conocimiento del delito y del imputado, y en tres, fuera de esta circunstancia.
Pero una vez llenado el requisito de procedibilidad dentro del plazo antes
mencionado, la prescripción seguirá corriendo según las reglas para los delitos
perseguibles de oficio”
Más aún, el periodo de prescripción del
delito de abuso en el caso de menores de edad, comienza a correr una vez que la
víctima cumpla la mayoría de edad, por lo que habría que revisar si las
denuncias que se presenten ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de
Michoacán se sustentan en alguno de estos artículos para determinar o no su
procedencia, como se lee a continuación:
“Artículo 105. Prescripción cuando el
sujeto pasivo sea menor de edad En los casos de los delitos de Violación, Abuso
Sexual y los Contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, que hubiesen sido
cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, se
observarán las reglas para la prescripción de la acción penal contenidas en
este capítulo, pero el inicio del 34 cómputo de los plazos comenzará a partir
del día en que la víctima cumpla los dieciocho años de edad”.